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Seguro Anulación
  ASSURANCE GOLD

 

CONTRATO  N°7905389

 ANULACIÓN Y MODIFICACIÓN TODAS LAS CAUSAS  

Los presentes Convenios tienen por objeto el seguro de los riesgos que figuran a continuación cuya garantía se estipula en el presente contrato.

 SEGURO DE ANULACIÓN Y MODIFICACIÓN TODAS LAS CAUSAS

ARTÍCULO 1 – NATURALEZA DE LA GARANTÍA

L’Européenne d’Assurances  reembolsa los anticipos  o todas las sumas sin  tasas conservados por el organizador del viaje deducción hecha de una franquicia que se indica a continuación y facturados según las condiciones generales de venta de éste,  cuando el asegurado está en la obligación de cancelar su estancia antes de la salida (a la ida).

L’Européenne d’Assurances reembolsa al asegurado los gastos de anulación quedados a su cargo, si su salida ha sido impedida por un acontecimiento aleatorio pudiendo ser justificado.

Por acontecimiento aleatorio, se entiende toda circunstancia no intencional por parte del asegurado o de un miembro de su familia, imprevisible el día de la suscripción y procedente de la acción súbita de una causa exterior.

En caso de siniestro, la indemnización se reembolsará la mitad en efectivo, y la otra mitad en bonos de compra. 

ARTÍCULO  2 - EFECTO DE LA GARANTÍA 

Con tal que el asegurado haya pagado previamente la prima correspondiente y que haya suscrito el presente contrato el día de la inscripción al viaje, o a más tardar la víspera del primer día de aplicación de las penalidades previstas en el baremo de las penalidades en caso de anulación,  la garantía entra en vigor a partir de la suscripción del presente contrato y expira en el momento de la salida, o a la entrega de las llaves en caso de alquiler. 

ARTÍCULO 3 - LIMITACIÓN DE LA GARANTÍA 

La indemnización debida en virtud de la presente garantía no puede superar el importe real de las penalidades facturadas dentro del límite máximo del baremo fijado en las condiciones particulares a raíz de la anulación del viaje.

En todos los casos, la  indemnización no podrá exceder los siguientes importes:

Máximo de 6.000 € IVA incluido por persona con un máximo de 30.000 € IVA incluido por acontecimiento.

La prima de seguro, las tasas y los gastos de visado no son reembolsables.

 

ARTÍCULO 4 – FRANQUICIA 

En caso de anulación del asegurado a raíz de una enfermedad, accidente o fallecimiento, garantizados a título del presente convenio, por sí mismo o por un miembro de su familia,  L’Européenne d’Assurances  indemnizará al asegurado bajo deducción de una franquicia  de 50 € IVA incluido  por persona para una estancia en el extranjero y de 30 € IVA incluido  para una estancia en Francia.

Por los otros motivos garantizados a título del presente convenio, L’Européenne d’Assurances   indemnizará al asegurado bajo deducción de una franquicia del 30% del importe del viaje.  Franquicia mínima por persona: 75 € IVA incluido  

ARTÍCULO 5 – EXCLUSIONES 

Además de las exclusiones previstas en las Condiciones Generales, no se garantizan, las anulaciones consecutivas:

-  a toda circunstancia que perjudique simplemente el agrado del viaje del asegurado,

- al simple hecho que el Ministerio de Asuntos Exteriores francés desaconseje el destino del viaje del asegurado,

-   a todo acontecimiento cuya responsabilidad podría incumbir al operador turístico en aplicación de la ley n° 92645 del 13 de julio de 1992,

-    a la solicitud  tardía de un visado a las autoridades competentes,

-    a la no conformidad de un pasaporte 

-    al olvido de una vacunación,   

-   a una enfermedad psíquica, mental o depresiva sin hospitalización inferior a tres días,

- al robo o a la pérdida de los documentos de  identidad más de 48 horas antes de la salida.

 

ARTÍCULO 6 - OBLIGACIONES EN CASO DE SINIESTRO  

El asegurado o sus derechohabientes deben:

- avisar a la empresa donde el asegurado compró su prestación a partir del acaecimiento del siniestro. Si el asegurado anula tardíamente a L’Européenne d’Assurances sólo podrá asumir los gastos de anulación exigibles a la fecha del acaecimiento del suceso.

- avisar a L’Européenne d’Assurances, por escrito a partir del acaecimiento del siniestro, y, a más tardar en el plazo de 5 días laborables. Pasado este plazo, el asegurado será despojado de cualquier derecho de indemnización si su retraso ha causado un perjuicio a L’Européenne d’Assurances.

-  enviar a L’Européenne d’Assurances  todos los documentos necesarios para la constitución del expediente que permitan probar el bien fundado y el importe de la reclamación, en particular, la nómina del asegurado del mes de su salida.

En todos los casos, los originales de las facturas de gastos de anulación e inscripción se pedirán sistemáticamente al asegurado.

Sin la comunicación a nuestro consejero médico de la informaciones medícales necesarias para la instrucción, el expediente no podrá concluirse.

L’Européenne d’Assurances se reserva el derecho de reclamar el billete de viaje inicialmente previsto y no utilizado o la copia del reembolso efectuado por la compañía aérea.

MEDIACIÓN

La Compañía L’Européenne d’Assurances  se adhiere al procedimiento de mediación establecido por las organizaciones profesionales del seguro, accesibles a todos gratuitamente, y teniendo por objeto favorecer el arreglo amistoso de los litigios que pueden sobrevenir entre asegurados y aseguradores. Se creó un organismo para centralizar las reclamaciones de los asegurados:

"MÉDIATION ASSURANCE "- B.P. 907 - 75424 PARÍS CEDEX 09

EXCLUSIONES GENERALES

En todos los casos siguientes,  la garantía de  L’EA no puede ser comprometida:

-Uso de drogas, estupefacientes, medicamentos no recetados por un médico,

-Estado alcohólico, actos intencionales, incumplimiento consciente de prohibiciones oficiales,

- Suicidio o tentativa de suicidio, auto mutilación,

- Manipulación o detención de artefactos de guerra, de armas incluso las utilizadas para la caza,

- Participación en apuestas, crímenes, riñas (excepto en caso de legítima defensa),

- Daños intencionalmente causados por el asegurado, sobre su orden o con su complicidad o su ayuda,

- Todos los casos de fuerza mayor, haciendo imposible la ejecución del contrato, en particular, las prohibiciones decididas por las autoridades locales, nacionales o internacionales,

- Guerra civil o extranjera, motines, movimientos populares, huelgas, actos de terrorismo o sabotaje, cualquier manifestación de radiactividad,

- Epidemias,  contaminación o catástrofes naturales,

- Accidentes que resultan de la práctica de deportes por el asegurado en el marco de una competición oficial organizada por una federación deportiva y para la cual se ha expedido una licencia y el entrenamiento se ha efectuado para estas competiciones.

- Alpinismo de alta montaña, bobsleigh, caza de animales peligrosos, deportes aéreos, skeleton, espeleología y práctica del esquí fuera de pista.

DIRECCIÓN POSTAL

L’EUROPEENNE  D’ASSURANCES 

41, rue des Trois  Fontanot - 92024 Nanterre Cedex

¿CÓMO PEDIR UNA ASISTENCIA?

Para beneficiarse de las garantías ASISTENCIA REPATRIACIÓN, es imperativo ponerse en contacto, previamente a toda decisión o intervención, con la Central de Asistencia L’ EA  a la escucha las 24 horas del día:

·          Por teléfono : (33) 1 46.43.50.21

·          Por fax         : (33) 1 46.43.50.26

Precisando el número de su contrato: 7.905.201

Se le comunicará entonces un número de expediente, que será lo único que, justificará que el seguro se hará cargo de las intervenciones.

Los médicos habilitados por   L’ EA  deben tener acceso a toda la información médica relativa a la persona enferma o accidentada.

 ¿CÓMO DECLARAR UN SINIESTRO?

Para declarar un siniestro a L’Européenne d’Assurances  sobre el contrato 7905389:

 1/ Ir a la página Internet http://www.leassur.com

 2/ Luego ir a "acceso particular" y "declarar un siniestro"

 3/seguir las 5 etapas que le permitirán obtener un número de expediente así como  los documentos a facilitarnos.

Para más información,  enviar un correo electrónico a: sinistres@europeenne-assurances.com

 

 







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